Un fallo rechazó el avance del Metrobús sobre Parque Avellaneda

La justicia rechazó el pedido del Gobierno de la Ciudad para completar la obra en las cuadras de Avenida Directorio que bordean el espacio verde.

La semana pasada, la jueza porteña Elena Liberatori desestimó la solicitud del Ejecutivo porteño para levantar la medida cautelar que le prohíbe terminar el Metrobús Alberdi-Directorio, en la traza frente al Parque Avellaneda.

El fallo de la magistrada sostiene que esos trabajos incluyen la remoción de 13 árboles de un Área de Protección Histórica (APH), lo cual “viola” la obligación del Estado de “conservación de las condiciones ambientales”.

El carril exclusivo para la circulación de transporte público va de Avenida Bruix hasta San Pedrito por Directorio mano al centro y por Juan B. Alberdi mano a la provincia, atravesando las Comunas 7, 9 y 10. Fue inaugurado por el jefe de Gobierno de la Ciudad Horacio Rodríguez Larreta el 8 de septiembre pasado.

Desde su anuncio, el proyecto cultivó el rechazo de vecinos, comerciantes y algunos de los comuneros, quienes presentaron un amparo para intentar frenarlo. En una primera instancia, Liberatori ordenó hacer una mesa de diálogo para que se recaben los reclamos barriales mientras que le permitía al GCBA continuar con los trabajos preparatorios.

Luego, levantó parte de esa medida, estableciendo que se podía avanzar con la obra, a excepción de un tramo de unos 400 metros frente al Parque Avellaneda, que está catalogado como APH. Por esa razón, no se terminó el riel en esa área.

En los últimos días, la jueza ratificó esa decisión, bajo el argumento de que la normativa vigente para las áreas protegidas dispone que las aceras y calzadas deben mantener las dimensiones y trazados actuales, y que está prohibida “cualquier supresión o actuación que pueda dañar o producir deterioro en los elementos protegidos y que desvirtúen su carácter paisajístico”.

“La extracción de árboles que se contempla en el Proyecto de Obra Metrobús viola abierta y simultáneamente las tres obligaciones de mantenimiento, conservación y puesta en valor de las condiciones ambientales actuales”, remarcó en el fallo.