La lista oficialista “Español Avanza” se impuso por amplia diferencia en las últimas elecciones, realizadas por pedido de la Inspección General de Justicia.
El Club Social, Deportivo y Cultural Español, de Parque Avellaneda, celebró unos nuevos comicios por exigencia de la Justicia. Luego del escrutinio, Diego Elías resultó reelecto y seguirá al frente de la institución.
Con 285 votos emitidos, la Lista 2 “Español Avanza” se impuso por poco más del 66% de los votos (190), mientras que la opositora, encabezada por Xoán Manuel Negreira, obtuvo el 32% (93). Hubo un voto en blanco y uno nulo.
Quienes acompañarán a Elías como vicepresidentes serán Manuel Tomé Peón y Daniel Iglesias.
A fines de septiembre, la Inspección General de Justicia (IGJ), obligó al Español a realizar las elecciones en el plazo de 60 días, luego de una denuncia hecha por un grupo de socios por presuntas “irregularidades”.
La decisión de la Justicia
La Resolución 1102/2022 de la IGJ le dio al club dicho plazo para conformar una junta electoral compuesta por un representante de la Inspección, un miembro de la Comisión Directiva actual y uno de la parte denunciante. Ésta fue la encargada de redactar un cronograma electoral, controlar y fiscalizar su cumplimiento hasta la celebración de las elecciones.
El fallo también instó a las autoridades que sean elegidas a comenzar el “proceso de regularización de la institución en todo lo referente a los requerimientos incumplidos hasta el momento en materia legal y contable que requiera la normativa vigente”.
“Surgen profusas irregularidades que evidencian una administración anómala en los últimos años, pudiendo mencionar la falta de presentación de estados contables de la entidad en los últimos 10 años, deficiencia en la confección de actas de eventos desarrollados en el club volcados a libros legales, falta de celebración de reuniones del órgano de administración, falta de inscripción y registración de acuerdos sociales, entre otras circunstancias que imposibilitan la fiscalización y validación de lo acontecido en las gestión de las actuales mandatarios”, expresaba el fallo.
Y advertía: “Más allá de la sanción que correspondiere aplicar, resulta imperativo que la entidad inicie un proceso de regularización institucional a partir de un llamado a elecciones para que, una vez asumidas, se comiencen a realizar reuniones de comisión directiva y asambleas conforme a lo dispone el estatuto social. A luz de lo manifestado puede afirmarse que el funcionamiento de los órganos sociales del club social, deportivo cultural español se desarrolla con evidentes irregularidades que ponen en serio riesgo la vida de la institución y los derechos de los asociados”.
Pero otro de los pilares fundamentales en la denuncia y la decisión judicial fue el vínculo con Generación Zoe y su CEO Leonardo Cositorto, acusado de estafa piramidal, lavado de activos y manejo irregular en el mercado de criptomonedas.
Al primer requerimiento de información sobre el vínculo,Deportivo Español respondió que se trataba de un contrato de índole similar a la esponsorización en las camisetas y carteles del estadio.
Respecto al pago de los sueldos, explicó que se hacía en pesos y que paralelamente Cositorto (creador de Zoe, actualmente imputado) pactó con los jugadores el pago de premios que no tienen que ver con sus contratos, abriéndoles billeteras virtuales.
Sin embargo, el contrato suscripto entre Diego Elías y Leonardo Cositorto implicaba “la coadministración tanto administrativa como deportiva en lo que respecto al fútbol el plantel de primera división y desde la cuarta a la novena división federadas a la Asociación del Fútbol Argentino”, según un archivo adjuntado en una denuncia hecha por socios.
Además, en el artículo 3 disponía que, ante la eventualidad de que el estadio superara la venta de 20 mil entradas, ambas partes recibirán el 50% de la recaudación; y se dejaba pactado que el manejo y la toma de decisión acerca del plantel profesional será de participación conjunta entre las autoridades de club y la administradora, y la exclusividad del 60% sobre la publicidad estática del campo de juevo, en las camisetas del plantel profesional, la cesión de un ala de la platea oficial, una oficina y dos vestuarios para uso exclusivo, y el no pago de canon publicitario alguno a la entidad por el plazo de duración del contrato.
En ese contexto, el fallo de la IGJ sostuvo que se evidencia un “exceso absoluto” en las atribuciones a su cargo y una desproporción en los términos contractuales, “toda vez que, sin que exista decisión alguna de la Comisión Directiva y mucho menos de la Asamblea de Socios, realizó una cesión parcial de la administración de la entidad, poniendo a la institución en una situación aparentemente desventajosa respecto de la llamada co-administradora, que excede en mucho el concepto de la alegada sponsorización publicitaria”.
