La medida se da luego de un reclamo de socios. La institución debe redactar un cronograma electoral en el plazo de 60 días.
A través de la Resolución 1102/2022, la Inspección General de Justicia hizo lugar a la denuncia de un grupo de socios del Deportivo Español y dictaminó que se lleven adelante los comicios.
El club tiene 60 días para conformar una junta electoral compuesta por un representante de la IGJ, un miembro de la Comisión Directiva actual y uno de la parte denunciante. Ésta será la encargada de redactar un cronograma electoral, controlar y fiscalizar su cumplimiento hasta la celebración de las elecciones.
Además, el fallo insta a las autoridades que sean elegidas a comenzar el “proceso de regularización de la institución en todo lo referente a los requerimientos incumplidos hasta el momento en materia legal y contable que requiera la normativa vigente”.
El vínculo con Generación Zoe
Según la resolución de la Inspección General de Justicia, la investigación comenzó con motivo de una “posible vinculación con Zoe Capital, sociedad investigada por la justicia por el manejo irregular en el mercado de criptomonedas”.
Al primer requerimiento de información sobre el vínculo, el club respondió que se trataba de un contrato de índole similar a la esponsorización en las camisetas y carteles del estadio.
Respecto al pago de los sueldos, explicó que se hacía en pesos y que paralelamente Cositorto (creador de Zoe, actualmente imputado) pactó con los jugadores el pago de premios que no tienen que ver con sus contratos, abriéndoles billeteras virtuales.
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Sin embargo, el contrato suscripto entre Diego Elías, presidente de CDE, y Leonardo Cositorto implicaba “la coadministración tanto administrativa como deportiva en lo que respecto al fútbol el plantel de primera división y desde la cuarta a la novena división federadas a la Asociación del Fútbol Argentino”, según un archivo adjuntado en una denuncia hecha por socios.
Además, en el artículo 3 disponía que, ante la eventualidad de que el estadio superara la venta de 20 mil entradas, ambas partes recibirán el 50% de la recaudación; y se dejaba pactado que el manejo y la toma de decisión acerca del plantel profesional será de participación conjunta entre las autoridades de club y la administradora, y la exclusividad del 60% sobre la publicidad estática del campo de juevo, en las camisetas del plantel profesional, la cesión de un ala de la platea oficial, una oficina y dos vestuarios para uso exclusivo, y el no pago de canon publicitario alguno a la entidad por el plazo de duración del contrato.
Más anomalías
En la acusación del grupo de socios también se mencionaron otras irregularidades como falta de convocatoria a reuniones de CD de la que algunos de los denunciantes forman parte y un “evidente desmanejo en cuanto al ingreso de socios y cobro de cuotas sociales de las que la dirigencia cuestionada no da explicaciones, desconociendo a la fecha el total de socios activos y con capacidad de votos para una eventual elección”.
Apuntaron que Elías se habría desempeñado de manera unilateral e incumpliendo con el estatuto al no mediar reuniones de Comisión Directiva que avalaran sus decisiones, y que esas medidas “afectaron la vida económica y social de CDE”.
También se advirtió que la entidad tiene pendiente de acreditación el pago de una multa impuesta la IGJ, por la falta de registración de autoridades y presentación de datos contables.
Los argumentos del fallo
“De lo denunciado hasta aquí, y de las constancias que obran en estas actuaciones, surgen profusas irregularidades que evidencian una administración anómala en los últimos años, pudiendo mencionar la falta de presentación de estados contables de la entidad en los últimos 10 años, deficiencia en la confección de actas de eventos desarrollados en el club volcados a libros legales, falta de celebración de reuniones del órgano de administración, falta de inscripción y registración de acuerdos sociales, entre otras circunstancias que imposibilitan la fiscalización y validación de lo acontecido en las gestión de las actuales mandatarios”, expresa el fallo de la Inspección General de Justicia.
Y con respecto al contrato con Cositorto, manifiesta que se evidencia un “exceso absoluto” en las atribuciones a su cargo y una desproporción en los términos contractuales, “toda vez que, sin que exista decisión alguna de la Comisión Directiva y mucho menos de la Asamblea de Socios, realizó una cesión parcial de la administración de la entidad, poniendo a la institución en una situación aparentemente desventajosa respecto de la llamada co-administradora, que excede en mucho el concepto de la alegada sponsorizaicón publicitaria”.
Finalmente, concluye: “Más allá de la sanción que correspondiere aplicar, resulta imperativo que la entidad inicie un proceso de regularización institucional a partir de un llamado a elecciones para que, una vez asumidas, se comiencen a realizar reuniones de comisión directiva y asambleas conforme a lo dispone el estatuto social. A luz de lo manifestado con anterioridad puede afirmarse que el funcionamiento de los órganos sociales del club social, deportivo cultural español se desarrolla con evidentes irregularidades que ponen en serio riesgo la vida de la institución y los derechos de los asociados”.
