El Gobierno porteño entregará una suma fija de dinero para atender los perjuicios que hayan sufrido bienes inmuebles y automotores. Se podrá solicitar hasta el 18 de enero.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 3/23, la Ciudad creó el Régimen Especial de Subsidios para las personas damnificadas por la “catástrofe meteorológica extraordinaria” del pasado 17 de diciembre.
Se trata de una suma fija de dinero, que tiene el fin de paliar los destrozos provocados por los fuertes vientos sobre inmuebles o vehículos radicados en la CABA.
El monto será establecido por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano considerando la magnitud del deterioro por el temporal -que deberá superar un procedimiento de verificación-, y la vulnerabilidad económica del solicitante. Serán hasta $2.500.000 para daños de viviendas y $1.500.000 para automóviles.
Un mismo damnificado podrá recibir subsidios acumulados por perjuicios en casa y auto, pero no se le dará a distintas personas por un mismo bien.
“Desde que asumí me comprometí a gobernar cuidando y defendiendo a los vecinos. Frente a la magnitud del evento meteorológico que vivimos, la responsabilidad de la Ciudad nos excede. Pero aún así sentimos que tenemos que dar una respuesta y ayudar. Cuentan conmigo y con todo el equipo que me acompaña en ese objetivo”, expresó el jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.
Requisitos
Se podrá pedir hasta el 18 de enero y la autoridad de aplicación iniciará el procedimiento de verificación en un plazo de 15 días hábiles después de la solicitud.
Para solicitarlo hay que anotarse en la plataforma miBA. Es necesario contar con usuario y clave miBA nivel 2 ó 3. El trámite es gratuito y para iniciarlo se debe ser el titular del bien o sucesor universal (y adjuntar documentación respaldatoria).
Si se trata de inmuebles, hay que presentar título de propiedad original o informe de dominio. Para automotor, Cédula Única de Identificación Vehicular y póliza de seguro.
Además, se debe subir la foto de ambos lados del DNI, documentación que acredite la titularidad del bien y su radicación en la capital federal, fotografía que acredite el daño; e informar la cuenta bancaria (N° de CBU).
No es necesario acreditar la inexistencia de deuda del Impuesto Inmobiliario ni en concepto de infracciones para los vehículos, u otros tributos establecidos por la normativa vigente.
En el caso de Núcleos Habitacionales Transitorios o barrios vulnerables, el Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), en conjunto con la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano, determinará los mecanismos específicos de acompañamiento económico para asistir a las vecinas y los vecinos damnificados.
Para financiar el subsidio, se destinará hasta un monto equivalente al 2,5% de la recaudación anual en concepto de Impuesto Inmobiliario.
Para más información se puede ingresar a la página web del GCBA.
