Mataderos: condenaron a un hombre por distribución de pornografía infantil

El imputado ya tenía una condena anterior en suspenso por el mismo delito. La nueva pena es de seis años de prisión efectiva.

Una investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Informáticos de la Ciudad, a cargo de la Dra. Daniela Dupuy, logró la condena a 6 años de cárcel de efectivo cumplimiento para un hombre de 37 años acusado por 17 hechos diferentes relacionados con el delito de distribución de material de abuso sexual infantil.

La investigación comenzó a raíz de diversos reportes emitidos por el National Center for Missing & Exploited Children (NCMEC) de Estados Unidos, enviados a la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas (UFEDyCI) del Ministerio Público Fiscal porteño.

En los reportes se informaba que un usuario de Argentina tenía en su poder y distribuía a través de redes sociales distintas imágenes y videos de abusos sexuales a menores, cuyas edades van desde los 2 hasta los 13 años.

Inmediatamente, la Fiscal solicitó informes a las empresas sobre las direcciones IP, conexiones, plataformas y correos electrónicos asociados al usuario, para poder localizarlo. 

A partir de la información recabada se pudo individualizar al autor, un hombre de 37 años que vivía en una casa de la calle Cosquín al 2000, en el barrio de Mataderos (Comuna 9), y se dispuso la orden de allanamiento y detención, lo cual fue autorizado por el Juzgado N° 7, a cargo del Dr. Javier Buján.

Durante el allanamiento, realizado por efectivos de la Policía Federal, con la colaboración del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal, se detuvo al imputado y se secuestraron todos sus dispositivos electrónicos para ser peritados e incorporados a la causa.

Durante la investigación también se recolectó y presentó como pruebas los diferentes reportes emitidos por NCMEC, los informes técnico científicos realizados por el CIJ, las respuestas a los oficios remitidos a las empresas de telecomunicaciones y la autorización del juez para allanar el domicilio investigado. 

La carátula fue delito de distribución y tenencia con fines de distribución de material de abuso sexual infantil, previsto y reprimido por el Art. 128 del Código Penal.

El culpable ya contaba con una condena anterior de dos años de prisión en suspenso, por el mismo delito. Reconoció los hechos y la validez de las pruebas.

En un acuerdo de avenimiento entre las partes, se estableció la pena única de 6 años de cárcel efectiva y el pago de las costas del proceso, y se le revocó la condicionalidad de la pena anterior.