Los comuneros autores del recurso de amparo sostenían que el plan significaba “un avasallamiento del Poder Ejecutivo sobre la división de poderes”.
El titular del juzgado N° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Martín Converset consideró que los 16 juntistas que firmaron el amparo “carecen de legitimación para demandar en nombre de la comuna que integran”.
Además, el magistrado aseguró que tampoco lograron demostrar que “el programa ‘BA Elige’ pueda afectarlos en su condición de miembros aislados de las Juntas Comunales que integran”.
El mencionado plan fue puesto en marcha en abril por la Ciudad. La plataforma propone que los vecinos aporten ideas, otros las apoyen, el Gobierno las evalúe y sean incluidas en el Presupuesto 2018 para su ejecución.
Desde que se anunció, sumó críticas de sectores opositores que se quejaron por la superposición de competencias con otros organismos ya existentes.
Los comuneros del Frente para la Victoria y Corriente Nacional de la Militancia rechazaron que BA Elige promoviera la participación ciudadana como dice la Ciudad. “No es más que un oscuro programa de propaganda macrista, confeccionado a la medida de los trolls de Marcos Peña, que concentra poder político, alejándolo de las instituciones y la ciudadanía”, habían dicho en el momento de presentar el amparo.
La sentencia –firmada el 10 de mayo pero difundida la semana pasada por el Poder Judicial porteño- asegura que los comuneros deben ser representados legalmente por el presidente de cada Junta.
“Parecería un exceso dar trámite a la presente acción puesto que como comuneros los actores carecen de acción y, como habitantes de la ciudad, no han logrado esgrimir un ‘interés específico, concreto y atribuible en forma determinada’”, sostuvo Converset.